¡Que no te tome desprevenido! El nuevo horario de toque de queda será desde la 1:00 a.m., hasta las 4:00 a.m., en Navidad y Año Nuevo en Lima Metropolitana, Callao y en las regiones del país que no estén en nivel de alerta alto por la Covid-19, así lo anunció el ministro de Salud, Hernando Cevallos.
«La hora de circulación o toque de queda para la Navidad y Año Nuevo será a partir de la 1 de la madrugada hasta las 4 (de la madrugada). Recordemos que antes era hasta las 2 a.m. Salvo en las provincias que tienen un nivel de alerta alto, que es donde hemos encontrado mayor cantidad de contagios. En esos lugares es a partir de las 11 de la noche», señaló.
Esta medida se publicará, según el titular, este viernes 03 de diciembre en el Diario Oficial El Peruano, además de las normas en las que se establecen las restricciones más estrictas como lo son el cierre de fronteras y presentar el carnet con la vacunación completa.
«Los choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como los delivery, solo podrán operar si acreditan haber recibido su esquema completo de vacunación, en el Perú o en el extranjero. Se mantiene la medida que para poder acudir a lugares públicos cerrados se debe presentar el carnet o el código QR de doble vacunación», indicó.
Nuevas restricciones
1. Carnet de vacunación
Cabe recalcar que el Ministerio de Salud (Minsa) mediante un comunicado hizo oficial que a partir de este 10 de diciembre será totalmente obligatorio que todas las personas deben de circular con su carnet de vacunación en las que acredite que tienen aplicadas sus dos dosis.
Los mayores de 18 años deben presentar su carnet de vacunación, bien sea físico o virtual, para poder ingresar a espacios cerrados. Esta medida también se aplicará para quienes viajen.
Además se exigirá el uso de mascarilla de forma permanente, tanto en restaurantes como en establecimientos similares, solo está permitido retirar el cubrebocas cuando se vayan a ingerir los alimentos.
2. Trabajo presencial
Con relación al trabajo presencial, este podrá retomarse si todos los empleados acreditan que completaron su esquema de vacunación contra el Covid-19.
3. Choferes, cobradores y trabajadores de servicio de delivery deben tener las dosis completas
Por su parte, los conductores y cobradores del servicio de transporte público, así como quienes brindan servicios de delivery, podrás continuar laborando solo si pueden certificar que recibieron las dosis completas de vacunación.
Hasta la fecha, el uso del protector facial en los transportes públicos no son obligatorios, pero sí se recomiendan, según lo establecido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.