A partir de este lunes 28 de febrero los negocios podrán disponer del aforo al 100% en sus espacios. Esto se dio luego de que el Gobierno decidiera eliminar las restricciones para todos los espacios comerciales, además de ampliar el estado de emergencia por 32 días.
En el Decreto Supremo 016-2022 que se aprobó el pasado viernes 25 de febrero no se contemplan las restricciones del aforo, así como el toque de queda a nivel nacional.
No obstante, en esta disposición aún continúa en vigencia el uso obligatorio de mascarillas, así como presentar el carné de vacunación con las dos dosis contra el Covid-19 para ingresar a los sitios.
“Toda persona que realice actividad laboral presencial, debe acreditar su esquema completo de vacunación contra la COVID-19, siendo válidas las vacunas administradas tanto en el Perú como en el extranjero”, resalta esta Resolución.
Según señala la Resolución Suprema, las reuniones sociales, fiestas patronales, eventos y desfiles, así como cualquier actividad que implique aglomeración de personas, sigue estando prohibido.
No obstante, en estas se hace una excepción en las ceremonias castrenses y policiales, que sí pueden realizarse, siempre y cuando se cumplan con las medidas sanitarias que corresponden.