Gobierno aprueba elevar edad de jubilación obligatoria a 75 años

La Comisión Permanente del Congreso aprobó en primera votación el texto que extiende el límite de edad para el cese laboral.

Gobierno aprueba elevar edad de jubilación obligatoria a 75 años. | Foto: Freepik

El Congreso ha aprobado el texto sustitutorio que introduce modificaciones a los Decreto Legislativos 276 y 728, así como a la Ley 30057, conocida como la Ley del Servicio Civil. Estas modificaciones buscan extender la edad máxima para el cese de un trabajador, también conocida como jubilación obligatoria, de 70 a 75 años, tanto en el ámbito público como en el privado.

Recordemos que actualmente la edad legal de jubilación en Perú es a los 65 años. Sin embargo, los trabajadores tienen la opción de continuar laborando hasta los 70 años, momento en el cual se produce la jubilación obligatoria y automática.

La decisión fue sancionada en primera votación con 13 votos a favor, 10 en contra y 3 abstenciones. La segunda votación de esta iniciativa será luego de transcurrir 7 días calendario, según lo indicado por la normativa en estos casos.

¿Cuándo aplicaría la jubilación a los 75 años?

De acuerdo con el texto aprobado por la Comisión Permanente, el límite de 70 años para la jubilación puede extenderse hasta los 75 años “a solicitud del trabajador, y cuando la necesidad del servicio lo justifique”.

“La solicitud se presenta hasta la fecha en que el trabajador cumple los 70 años de edad, mediante cualquier medio físico o virtual que permita dejar constancia de su presentación”, se precisa en el documento.

El documento también explica que se debe informar que el trabajador “se encuentra en condiciones físicas y mentales para el desempeño de sus funciones”. Esto se corroborará con una “evaluación médica especializada y multidisciplinaria, asumida por el empleador”.

“El empleador debe responder la solicitud del trabajador dentro de los 60 días calendario contados desde su presentación, adjuntando el informe de la oficina de recursos humanos o la que haga sus veces. Mientras no exista comunicación sobre la denegación de la solicitud, el vínculo laboral se mantiene en sus mismos términos”, establece la norma.

De ratificarse el proyecto en segunda votación, estas modificaciones serían incorporadas en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, la Ley de Productividad y Competitividad Laboral y la Ley del Servicio Civil.