Este domingo se publicó en el diario oficial El Peruano, la autorización de la Ley 32027 sobre el retiro del 100% de la CTS (Compensación por Tiempo de Servicios). De esta forma queda aprobada la norma que fue firmada por la presidenta Dina Boluarte y el primer ministro Gustavo Adrianzén.
Con la aprobación de la ley que fue promulgada el pasado 17 de mayo, el Poder Ejecutivo pone desde hoy la norma que habilita el retiro de la CTS hasta el 31 de diciembre del presente año.
¿Cuándo depositan la CTS?
Todas las empresas tienen la obligación de realizar al año, dos depósitos de CTS a todos los trabajadores que se encuentren en planilla. El reciente 15 de mayo, venció el plazo para realizar el primer pago y el próximo 15 de noviembre será la fecha máxima que tendrán las empresas para realizar el segundo pago.
Es importante tener en cuenta, que este beneficio le corresponde de manera exclusiva a todos los trabajadores registrados de manera formal dentro de una empresa. Para aquellos trabajadores que no se encuentren en planilla o brinden servicios de manera informal, no les corresponde.
¿Qué pasa si no depositan la CTS?
Si una empresa no cumpliera con el depósito de la CTS dentro de los plazos correspondientes, los trabajadores podrán presentar su queja por medio de la Superintendencia de Fiscalización Laboral (Sunafil), que es la entidad que vela por los derechos del trabajador y la encargada de multar a todas aquellas empresas que incumplan con la ley.
Dentro de las escalas de multas que impone SUNAFIL, pueden llegar a tener costos entre los S/566 y S/134,518 dependiendo la gravedad de la falta cometida.

