A pocos días de que culmine el plazo para presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta, la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) recuerda que muchos contribuyentes podrían ser beneficiarios de una devolución automática de sus impuestos, sin tener que realizar trámite alguno.
Esta ‘devolución de oficio’, vigente desde el 2017, aplicará para los trabajadores que pagaron rentas de cuarta y quinta categoría durante el 2023, y que solicitaron la emisión de boletas electrónicas al realizar consumos en rubros como restaurantes, hoteles, alquileres, servicios médicos y otros.
José Calderón, vocero de la Sunat, explicó que «al final del año, la entidad determina si el contribuyente tiene un saldo a su favor, es decir, si el impuesto retenido es mayor al que realmente le correspondía pagar. En esos casos, procederemos a realizar la devolución respectiva sin necesidad de iniciar un trámite complejo».
¿Cuál es el monto máximo para la devolución?
Los montos deducibles por los gastos realizados con boleta electrónica tienen un límite de tres Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que equivale a S/ 15,450 para el presente ejercicio fiscal. El vocero añadió que desde el 12 de junio de 2024 iniciarán con el proceso de devoluciones.
¿Cómo puedes saber si eres beneficiario?
En este caso, los contribuyentes pueden consultar en la web de la Sunat ingresando su DNI, código verificador, fecha de nacimiento y un código de seguridad. Sin embargo, es requisito indispensable haber registrado previamente el Código de Cuenta Interbancaria (CCI) donde se depositarán los montos devueltos. Esta tiene que estar registrada en Perú, no debe corresponder a una cuenta de CT, y el titular solo puede ser el beneficiario de la devolución.
La Declaración Anual del Impuesto a la Renta es obligatoria para trabajadores en planilla que determinen un saldo a favor y deduzcan gastos de arrendamiento, trabajadores independientes de cuarta y quinta categoría, y quienes tengan un saldo a pagar por rentas de otras fuentes. La Sunat facilitará información referencial que el contribuyente podrá ratificar o modificar al presentar su declaración.

